Quieres anular tu matrimonio por la iglesia?
Primero que nada hay que tener en claro que en la Iglesia católica no existe el divorcio, pero sí una figura de disolución a la que los amores inconclusos pueden acceder
La nulidad sólo procede cuando se contrajo inválidamente el matrimonio. Los hechos posteriores al casamiento, por graves y doloroso que sean, no pueden causar la nulidad de un acto válido
¿Hasta que la muerte los separe?
Aquella frase de permanecer juntos hasta el fin, en “la salud y en la enfermedad”, que se escucha al momento de contraer matrimonio, no siempre resulta y las parejas terminan distanciándose, y, generalmente, se enfocan en buscar el divorcio por la vía civil, pero se olvidan de disolver el vínculo religioso.
¿SE PUEDE DISOLVER UN MATRIMONIO CATÓLICO?
La Iglesia Católica considera el matrimonio como un sacramento que une a dos personas para toda la vida.
Al casarse, la pareja le promete a Dios mismo el poder durar casados para toda la vida, hasta que la muerte los separe. Sin embargo, cuando la relación matrimonial no funciona y ya los esposos se han separado por el civil (esto es, legalmente), se puede pedir la anulación del matrimonio eclesiástico.
Al divorciarse, la persona no puede volverse a casar por la Iglesia Católica, pues se le consideraría adulterio. Pero se puede solicitar a la Iglesia una anulación para su matrimonio. Tras recibir una carta del Tribunal eclesiástico que afirme que el matrimonio se acabó, podrá volver a casarte por la Iglesia.
¿Cómo puedo anular mi matrimonio por la Iglesia Católica?
Los motivos para la Anulación matrimonial son de suma importancia. No obstante, la Iglesia reconoce algunas razones por las que un matrimonio no haya sido legítimo:
Como el que un cónyuge abusivo, un adicto a las drogas o al alcohol, alguien que nunca haya sido bautizado o quien no haya querido tener hijos.
AL TRIBUNAL ECLESIÁSTICO
La Iglesia enseña que el Matrimonio es indisoluble, por lo mismo ningún Tribunal Eclesiástico “Disuelve” el Matrimonio.
La Iglesia declara nulo e inválido el Matrimonio religioso cuando las partes (interesadas) prueban, a través de un juicio, en el Tribunal Eclesiástico competente, que en el momento de la celebración del mismo, se dio alguna de las causas que producen la nulidad.
El Tribunal Eclesiástico procede según las normas establecidas en el Código de Derecho Canónico, se basa en la veracidad de las partes, de los testigos presentados y de otras pruebas, libres de toda sospecha como son los certificados médicos comprobables y de acuerdo a verdad. Por lo mismo, al presentar su escrito la parte, debe ajustarse a hechos objetivos y verdaderos.